OIC de derecho extranjero que deben inscribirse

Los OIC de derecho extranjero que deben inscribirse son los OIC que se comercializan activamente.

Se entiende por distribución/comercialización la captación activa de inversores no considerados legalmente componentes operativos del sector financiero, por cuenta del OIC o su sociedad gestora o cualquier otra entidad que actúe por cuenta de éstas, para que inviertan en acciones o participaciones del OIC. A estos efectos, la intermediación o transmisión de órdenes relativas a la adquisición por cuenta de clientes de les acciones o participaciones del OIC no se considerará como distribución o comercialización.

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