Listado de Tasas

Las tasas aplicables están especificadas en la Ley10/2013, del 23 de mayo, de la Autoridad Financiera Andorrana y concretamente en los artículos siguientes:

 

Artículo 29 - Tasa de autorización para la creación y/o modificación de un organismo de inversión colectiva (OIC) de derecho andorrano

La cuota tributaria viene determinada por una cantidad fija según la tipología del acto administrativo objeto de la solicitud de autorización, de acuerdo con lo establecido a continuación:

Concepto de la tasa

Cuota tributaria de la tasa de creación y/o modificación

Creación de OICVM sin compartimentos

2.562 euros

Creación de OICVM con compartimentos

2.562 euros

+1.226 euros por compartimento

Creación de un compartimento de OICVM

1.226 euros

Creación de otros  OIC sin compartimentos

3.120 euros

Creación de otros  OIC con compartimentos

3.120 euros

+1.448 euros por compartimento

Creación de un compartimento de otros OIC

1.448 euros

Creación de SICAV autogestionadas

4.791 euros

Creación de un compartimento de SICAV autogestionada

1.226 euros

Operaciones corporativas

1.114 euros

Modificación de OIC

1.002 euros

 

Artículo 30 - Tasa de inscripción para la creación, baja y/o modificación de un organismo de inversión colectiva (OIC) de derecho andorrano.

La cuota tributaria viene determinada por una cantidad fija según la tipología del acto administrativo objeto de la solicitud de inscripción, de acuerdo con lo establecido a continuación:

Concepto de la tasa

Cuota tributaria de la tasa de inscripción

Inscripción de la creación de OICVM y de otros OIC

892 euros

Inscripción de la baja de OICVM y otros OIC

334 euros

Inscripción de la baja de OICVM y otros OIC

1.448 euros

Inscripción de la baja de compartimentos de OICVM o de otros OIC

1.002 euros

Inscripción de la creación de SICAV autogestionadas

892 euros

Inscripción de operaciones corporativas

668 euros

Inscripción de modificación de OIC

0 - 1.002 euros

 

Artículo 35 - Tasa anual de supervisión de los organismos de inversión colectiva (OIC) de derecho andorrano.

La cuota tributaria viene determinada por una cantidad fija según la tipología de OIC, de acuerdo con lo establecido a continuación:

Tipología de OIC

Cuota tributaria de la tasa anual de supervisión

OICVM sin compartimentos

2.006 euros

OICVM con compartimentos

2.006 euros

+892 euros por compartimento

Otros OIC sin compartimentos

3.677 euros

Otros OIC con compartimentos

3.677 euros

+892 euros por compartimento

SICAV autogestionadas sin compartimentos

3.677 euros

SICAV autogestionadas con compartimentos

3.677 euros

+892 euros por compartimento