Actividades y servicios

Según lo establecidos a la Ley 7/2013, del 9 de mayo, sobre el régimen jurídico de las entidades operativas del sistema financiero andorrano y otras disposiciones que regulan el ejercicio de las actividades financieras en el Principado de Andorra (Ley 7/2013) y a la Ley 10/2008, del 12 de junio de regulación de los organismos de inversión colectiva de derecho andorrano (Ley 10/2008), las sociedades gestoras de organismos de inversión colectiva son las sociedades de derecho andorrano que despliegan como actividad principal, entre otras, las siguientes funciones:

  • elaboran los reglamentos de los OIC y los constituyen mediante escritura pública, conjuntamente con la entidad depositaria;
  • establecen el contrato escrito de depositaría, conjuntamente con la entidad depositaria;
  • elaboran, emiten, distribuyen y suprimen los certificados de participación, conjuntamente con la entidad depositaria;
  • la gestión del activo, que incluye:
  • las decisiones de inversión, y
    • el ejercicio, a través del depositario, de los derechos económicos y políticos inherentes a los activos;
    • las actividades de gestión administrativa, que incluyen:
    • la determinación de valores liquidativos, incluyendo el régimen fiscal aplicable,
    • la contabilidad y las tareas jurídicas,
    • la elaboración de los prospectos y de los informes públicos,
    • la determinación de los resultados a distribuir (solamente para los OIC de distribución),
    • el control del cumplimiento de la normativa aplicable,
    • la gestión del registro de partícipes, y
    • la plena representación judicial y extrajudicial del OIC ante todo tipo de personas físicas y jurídicas;
  • la gestión del pasivo, que incluye:
    • la aceptación de las subscripciones, de los reembolsos (registro de partícipes) y la transmisión al depositario de las órdenes correspondientes, y
    • el ordenamiento de los reembolsos /de las ventas de las participaciones al depositario;
  • las actividades relacionadas con la distribución, que incluyen:
    • la remesa de la documentación (informes publicitarios, informes de gestión, etc.), y
    • la selección de los distribuidores.
En definitiva, las obligaciones de las sociedades gestoras de OIC son las establecidas en la Ley 10/2008.