Listado de Tasas

Las tasas aplicables están especificadas en la Ley 10/2013, del 23 de mayo, de la Autoridad Financiera Andorrana y concretamente en los artículos siguientes:

 

Artículo 28 - Tasa de autorización para la creación de una nueva entidad operativa del sistema financiero en Andorra.

La cuota tributaria viene determinada por una cantidad fija según la tipología de entidad, de acuerdo con lo establecido a continuación:

Tipología de entidad

Cuota tributaria de la tasa de creación

Entidades bancarias

34.291 euros

Entidades -no bancarias - de crédito especializado

11.431 euros

Sociedades financieras de inversión

13.716 euros

Agencias financieras de inversión

9.144 euros

Sociedades gestoras de patrimonios

6.859 euros

Asesores financieros

2.286 euros

Sociedades gestores de organismos de inversión colectiva

6.859 euros

Entidades de pago

6.684 euros

Entidades de dinero electrónico

6.684 euros

 

Artículo 36 - Tasa anual de supervisión de las entidades financieras -no bancarias de crédito especializado (EFCE) andorranas.

La cuota tributaria viene determinada por una cantidad fija de 11.431 euros.

 

Artículo 40 - Tasas para los procesos de autorización previa y/o de inscripción de la AFA.

La cuota tributaria viene determinada por una cantidad fija de acuerdo con lo que se establece a continuación:

Concepto de la tasa

Cuota tributaria de la tasa de autorización previa y/o de inscripción

Proceso de autorización previa

554 – 110.634 euros

Proceso de inscripción

332 – 55.317 euros