Listado de Tasas
Las tasas aplicables están especificadas en la Ley 10/2013, del 23 de mayo, de la Autoridad Financiera Andorrana y concretamente en los artículos siguientes:
Artículo 28 - Tasa de autorización para la creación de una nueva entidad operativa del sistema financiero en Andorra.
La cuota tributaria viene determinada por una cantidad fija según la tipología de entidad, de acuerdo con lo establecido a continuación:
Tipología de entidad |
Cuota tributaria de la tasa de creación |
Entidades bancarias |
34.291 euros |
Entidades -no bancarias - de crédito especializado |
11.431 euros |
Sociedades financieras de inversión |
13.716 euros |
Agencias financieras de inversión |
9.144 euros |
Sociedades gestoras de patrimonios |
6.859 euros |
Asesores financieros |
2.286 euros |
Sociedades gestores de organismos de inversión colectiva |
6.859 euros |
Entidades de pago |
6.684 euros |
Entidades de dinero electrónico |
6.684 euros |
Artículo 36 - Tasa anual de supervisión de las entidades financieras -no bancarias de crédito especializado (EFCE) andorranas.
La cuota tributaria viene determinada por una cantidad fija de 11.431 euros.
Artículo 40 - Tasas para los procesos de autorización previa y/o de inscripción de la AFA.
La cuota tributaria viene determinada por una cantidad fija de acuerdo con lo que se establece a continuación:
Concepto de la tasa |
Cuota tributaria de la tasa de autorización previa y/o de inscripción |
Proceso de autorización previa |
554 – 110.634 euros |
Proceso de inscripción |
332 – 55.317 euros |