Formulario

Con el fin de organizar la información a enviar, los solicitantes pueden hacer uso del Formulario 11 del Comunicado técnico 220 relativo a la creación de nuevas entidades, el cual tiene la siguiente estructura:

Informe sobre la creación

Informe preparado por la entidad en el que se incluya, como mínimo, la información detallada a continuación. Precisar que la entidad puede presentar cualquier documentación que esté a su disposición (por ejemplo: presentaciones que ya tenga preparadas, etc.) siempre y cuando se dé cumplimiento al detalle del formulario expuesto a continuación.

  • Objetivo general de la operación objeto de inscripción, con indicación de:
    • motivo y/o intención de la creación;
    • tipo de sociedad, nombre y ubicación;
    • posibles cambios a realizar en un futuro en relación con la orientación de las actividades, de los productos y/o de los clientes y la posible reasignación de fondos y/o recursos previstos; y
    • principales implicaciones de esta operación para el grupo bancario andorrano, con descripción de las principales sinergias perseguidas con otras compañías del grupo así como descripción de las políticas relacionadas con el intra-grupo;
  • estructura accionarial de la sociedad hasta el último beneficiario;
  • fecha prevista de inicio de actividades;
  • información detallada de la inversión prevista, con inclusión de la inversión inicial y de las aportaciones previstas a medio plazo;
  • información detallada de la operación de financiación, con indicación de:
    • información de los activo que se prevé que serán vendidos o utilizados para financiar la creación y posteriores aportaciones;
    • acceso a recursos de capital y a mercados financieros;
    • utilización de recursos financieros privados;
    • utilización de fondos prestados por el sistema bancario (emisión de instrumentos financieros, etc.);
    • cualquier otra relación financiera con otros accionistas (vencimientos, condiciones, garantías, etc.);
    • medios y/o instrumentos y estructura utilizada para transferir los fondos (disponibilidad de los recursos que serán utilizados en la operación de adquisición, acuerdos de financiación, etc.); y
    • otros recursos de financiación, con especificación de cuales se trata;

  • previsión de cualquier acción llevada a cabo conjuntamente con otras entidades participadas miembros del grupo (contribución a la financiación de la operación, prestación de servicios, etc.);
  • previsión o consideración de posibles acuerdos con otros accionistas de la sociedad en relación con la sociedad creada cuando la participación en la entidad a crear no sea del 100%;
  • previsión o consideración de posibles acuerdos con terceros, siempre y cuando sean relevantes en el desarrollo de la actividad de la entidad (subcontratación de algún servicio, etc.); y
  • cualquier información que sea relevante sobre la creación y que no haya sido comentada en los apartados anteriores.


Documentación a adjuntar

  • Certificación del acuerdo de la Junta General y/o del Consejo de Administración relativo a la creación;
  • identificación de la sociedad creada;
    • certificado de constitución y/o de registro de la sociedad;
    • documento y/o escritura de la constitución de la sociedad;
    • estatutos sociales en su escritura pública o documento análogo; y
    • dirección de la sociedad;

  • cantidad y tipo de acciones ordinarias o de cualquier otra clase de la sociedad: el nombre de acciones y la expresión de si es la totalidad del capital social o, en su caso, el porcentaje, en euros y en la divisa local, y la proporción de los derechos de voto, si estos son diferentes de la proporción en el capital social;
  • dirección de la sociedad y de la estructura organizativa general;
  • composición final del Consejo de Administración y de la Dirección General, e información de los principales comités creados (de dirección, de auditoría, etc.);
    • en el caso de entidades financieras : documentación acreditativa de los requisitos de honorabilidad empresarial y profesional de los miembros del Consejo de Administración y de la Dirección General de la entidad (currículum vitae, certificados de antecedentes penales del/los país/países de residencia y/o trabajo de los últimos 5 años, declaraciones juradas de no-inhabilitación para el ejercicio de la actividad en cuestión y de no declaración de quiebra o de suspensión de pagos, y fotocopia del pasaporte);

      Descargar el formulario

    • presentación del organigrama y explicación de la estructura administrativa;
    • previsión del personal que formará parte de la plantilla en la que se diferencie el personal que proviene de alguna sociedad del grupo, del resto;
    • controles previstos por la propia entidad creada así como los que pueda efectuar la sociedad matriz;
    • información sobre los sistemas internos de comunicación;
    • manuales de organización y/o reglamentos internos de funcionamiento que faciliten el cumplimiento de las disposiciones legales de todos sus miembros;

  • estimación de los estados financieros de la sociedad para un período de 3 años, según diferentes escenarios, con inclusión de:
    • la previsión del balance de situación y cuenta de pérdidas y ganancias;
    • la previsión de las ratios prudenciales;
    • información sobre la previsión del nivel de exposición a los riesgos financieros (riesgo de crédito, mercado, operacional, etc.); y
    • la previsión sobre las operaciones intra-grupo;

  • manual de conocimiento del cliente (know your client, KYC), manuales de organización y/o reglamentos internos de funcionamiento que faciliten el cumplimiento de las disposiciones legales de todos sus miembros;
  • estudios de mercado;
  • otros estudios o informes de interés elaborados por terceros o propios de la entidad que hayan servido de fundamento o de reflexión interna de la entidad sobre la conveniencia de llevar a cabo la inversión;
  • también habrá que remitir toda la documentación solicitada por la Ley 35/2010, del 3 de junio, de régimen de autorización para la creación de nuevas entidades operativas del sistema financiero andorrano y no librada en ninguno de los apartados anteriores; y
  • cualquier otra información que pueda ser de interés en relación con el expediente en curso de estudio.

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