Documentación relativa al cumplimiento de requisitos
- La justificación de haber constituido el depósito previo exigido, que debe ser de:
- 3.000.000 de euros en el caso de las entidades bancarias;
- 200.000 euros en el caso de las entidades -no bancarias- de crédito especializado;
- 200.000 euros en el caso de las sociedades financieras de inversión;
- 60.000 euros en el caso de las agencias financieras de inversión;
- 15.000 euros en el caso de las sociedades gestoras de patrimonios;
- 5.000 euros en el caso de los asesores financieros;
- 30.000 euros en el caso de las sociedades gestoras de organismos de inversión colectiva;
- 4.000 euros en el caso de las entidades de pago que solamente proporcionen el servicio de pago del envío de dinero;
- 10.000 euros en el caso de las entidades de pago que proporcionen el servicio de pago de ejecución de operaciones de pago cuando el consentimiento del ordenante para ejecutar la operación de pago se lleve a cabo mediante cualquier dispositivo de telecomunicaciones, digital o de TI u operador de red, que actúe solamente como intermediario entre el usuario del servicio de pago y el proveedor de los bienes y servicios;
- 25.000 euros si la entidad de pago proporciona cualquiera de los demás servicios de pago; y
- 70.000 euros en el caso de entidades de dinero electrónico.
- 3.000.000 de euros en el caso de las entidades bancarias;
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