Listado de Tasas
Las tasas aplicables están especificadas en la Ley 10/2013, del 23 de mayo, de la Autoridad Financiera Andorrana y concretamente en los artículos siguientes:
Artículo 28 - Tasa de autorización para la creación de una nueva entidad operativa del sistema financiero en Andorra.
La quota tributària ve determinada per una quantitat fixa segons la tipologia d’entitat, d’acord amb l’establert a continuació:
Tipología de entidad |
Cuota tributaria de la tasa de creación |
Entidades bancarias |
34.291 euros |
Entidades -no bancarias - de crédito especializado |
11.431 euros |
Sociedades financieras de inversión |
13.716 euros |
Agencias financieras de inversión |
9.144 euros |
Sociedades gestoras de patrimonios |
6.859 euros |
Asesores financieros |
2.286 euros |
Sociedades gestoras de organismos de inversión colectiva |
6.859 euros |
Entidades de pago |
6.859 euros |
Entidades de dinero electrónico |
6.859 euros |
Artículo 39 - Tasa de supervisión anual para las entidades de pago andorranas
La cuota tributaria de supervisión asciende hasta: 3.343 euros
Artículo 40 - Tasas para los procesos de autorización previa y/o de inscripción de la AFA.
La cuota tributaria viene determinada por una cantidad fija de acuerdo con los que se establece a continuación:
Concepto de la tasa |
Cuota tributaria de la tasa de autorización previa y/o de inscripción |
Proceso de autorización previa |
554 – 110.634 euros |
Proceso de inscripción |
332 – 55.317 euros |