Listado de Tasas

Las tasas aplicables están especificadas en la Ley 10/2013, del 23 de mayo, de la Autoridad Financiera Andorrana y concretamente en los artículos siguientes:

  

Artículo 28 - Tasa de autorización para la creación de una nueva entidad operativa del sistema financiero en Andorra.

La quota tributària ve determinada per una quantitat fixa segons la tipologia d’entitat, d’acord amb l’establert a continuació:

Tipología de entidad

Cuota tributaria

de la tasa de creación

Entidades bancarias

34.291 euros

Entidades -no  bancarias - de crédito especializado

11.431 euros

Sociedades financieras de inversión

13.716 euros

Agencias  financieras de inversión

9.144 euros

Sociedades gestoras de patrimonios

6.859 euros

Asesores financieros

2.286 euros

Sociedades gestoras de organismos de inversión colectiva

6.859 euros

Entidades de pago

6.859 euros

Entidades de dinero electrónico

6.859 euros

 

Artículo 39 - Tasa de supervisión anual para las entidades de pago andorranas

La cuota tributaria de supervisión asciende hasta: 3.343 euros

 

Artículo 40 - Tasas para los procesos de autorización previa y/o de inscripción de la AFA.

La cuota tributaria viene determinada por una cantidad fija de acuerdo con los que se establece a continuación:

Concepto de la tasa

Cuota tributaria de la tasa de autorización previa y/o de inscripción

Proceso de autorización previa

554 – 110.634 euros

Proceso de inscripción

332 – 55.317 euros