Educación Financiera
La educación del inversor y la cultura financiera son una herramienta fundamental para la protección del inversor, complementaria a otros medios como la regulación o la supervisión.
Qué entidades están autorizadas?
Solamente las entidades autorizadas pueden prestar servicios financieros. Compruebe en los Registros oficiales de la AFA, en el siguiente enlace, si la entidad que le ofrece el servicio está autorizada para el servicio que le está ofreciendo:
Cómo tomar las decisiones de inversión?
Todos los productos de inversión incorporan cierto nivel de riesgo. Por lo tanto, el intermediario financiero deberá explicarle correctamente las características y los riesgos que asumirá antes de adquirir el producto que le ofrece o que usted solicita.
Para encontrar un producto adecuado a sus necesidades, deberá informarse principalmente sobre la rentabilidad, el riesgo y los gastos del mismo.
La rentabilidad: es la remuneración que obtendrá por la inversión. La rentabilidad depende de varios factores: la situación económica, el nivel de tipos de interés, las circunstancias de los mercados, la situación financiera del emisor, etc.
El riesgo: al invertir siempre se asume algún tipo de riesgo. Hay que tener en cuenta que cuanto mayor sea la rentabilidad que ofrece un producto, mayor será su nivel de riesgo.
Los gastos: es importante conocer las comisiones, cánones y demás gastos asociados a cualquier operación, ya que influyen en su rentabilidad final.
Cuando usted se dirige a una entidad financiera para invertir en productos como acciones, fondos de inversión, renta fija o derivados, la entidad le hará una serie de preguntas con el objetivo de conocerles mejor y así poder ayudarle a tomar sus decisiones de inversión y prestarles los servicios más adecuados.
La entidad deberá ofrecerle solamente los productos adecuados para usted, teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia para valorar correctamente la naturaleza y los riesgos de estos productos.
Además, cuando le proporcionen asesoramiento personalizado o gestionen su cartera, la entidad le hará una serie de preguntas para asegurarse que el servicio es conforme a sus conocimientos, experiencia, situación financiera y objetivos de inversión.
Las entidades están obligadas a solicitar toda esta información. Esta obligación va ligada, tanto al tipo de servicio que prestan, como a la clase de producto en el cual el cliente está interesado. El objetivo es conocer mejor al cliente y así poder orientarle para que tome sus decisiones de inversión.
Vigile siempre sus inversiones!
Les circunstancias bajo las que se ha realizado una inversión pueden cambiar a lo largo del horizonte temporal de la misma.
Clasificación de inversores: profesionales y minoristas
A fin de establecer medidas de protección adecuadas al nivel de conocimientos que tengan los inversores sobre los mercados de valores, las entidades deben clasificar a sus clientes como "profesionales" o "minoristas".
Los clientes minoristas son los que tienen menos conocimientos y experiencia en los mercados de valores. Como cliente minorista, recibirá el mayor grado de protección.
En cambio, los clientes con mayores conocimientos y experiencia son los clientes profesionales que recibirán menos protección ya que tienen más capacidad para comprender la naturaleza y los riesgos de los mercados, productos y servicios de inversión.
Formación
Sesión informativa "Billetes de euro: comprobar la autenticidad y detectar las falsificaciones"
- Organizado por la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Andorra, la Área de Policía Judicial e Investigación Judicial y la Autoridad Financiera Andorrana
- Consulta todos los detalles en el siguiente enlace
Tarifas, comisiones y gastos aplicados por las entidades operativas del sistema financiero
Las entidades operativas del sistema financiero deben actuar con transparencia y comunicar a sus clientes, en tiempo y forma, la información necesaria para permitir que los clientes puedan tomar sus decisiones con conocimiento íntegro de los riesgos y costos asociados a los servicios y productos u operaciones.
Para cumplir con esta obligación de comunicación al cliente por parte de la entidad, no será suficiente poner a disposición del público el libro de tarifas en las oficinas o en la web de las entidades, si no que deberán comunicarse las tarifas, comisiones y gastos (en adelante, tarifas) efectivamente aplicables de forma individual, expresa y previa a todos los clientes.”
Así mismo, se deberá informar al cliente previamente a cualquier modificación y otorgarle un plazo mínimo de dos meses para modificar la relación contractual, sin que estas sean de aplicación durante este plazo. Además, habrá que informar al cliente del derecho de separación del que dispone en caso de disconformidad con las modificaciones propuestas y de los eventuales costos que pudieran derivarse de estas en caso de ejercerse dicho derecho, los cuales se calcularían con las tarifas aún vigentes.
En caso de que se modifiquen a la baja, se comunicará igualmente al cliente sin prejuicio de su inmediata aplicación.
No se considerará válido informar de unas tarifas máximas si no que habrá que informar de las tarifas efectivamente aplicables a cada cliente.
Para más información se puede consultar el comunicado técnico nº 5/2020-SF “Transparencia e información a los clientes: tarifas, comisiones y gastos efectivamente aplicables".