Normativa y orientaciones

Este apartado recoge la información relativa al texto de las disposiciones legales, reglamentarias y de los comunicados técnicos, así como las orientaciones generales adoptadas en el Principado de Andorra en el ámbito de la normativa prudencial aplicable a entidades bancarias y empresas de inversión.

La transposición e implementación de la Directiva 2013/36/UE y del Reglamento 575/2013 se han llevado a cabo principalmente con la incorporación al marco jurídico andorrano de:

1. Ley 35/2018, del 20 de diciembre, de solvencia, liquidez y supervisión prudencial de entidades bancarias y empresas de inversión (Ley 35/2018), que fue publicada en el Boletín Oficial del Principado de Andorra (BOPA) el pasado 23 de enero de 2019 y que supone un salto significativo respecto a la Ley de regulación de los criterios de solvencia y de liquidez de las entidades financieras, del 29 de febrero de 1996.

No obstante, también ha supuesto la modificación, mediante disposiciones finales de la Ley 35/2018, del marco jurídico vigente según lo que se detalla a continuación:

2. Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2018, del 20 de diciembre, de solvencia, liquidez y supervisión prudencial de entidades bancarias y empresas de inversión, que fue aprobado por el Gobierno el pasado 6 de marzo de 2019.

3. Reglamentos relativos a la adopción de normas técnicas de la Unión Europea aplicables en materia de solvencia, liquidez y supervisión prudencial de entidades bancarias y empresas de inversión; se han aprobado dos reglamentos, en fechas 3 de abril del 2019 y 3 de noviembre del 2021, mediante los cuales se incorporan al marco jurídico andorrano diversas normas técnicas de regulación emitidas por la Comisión Europea. En concreto, las normes técnicas de regulación europeas siguientes:

Normas técnicas de regulación

4. Comunicado técnico nº255/21-EB bis Requerimientos de información periódica que, con el objetivo de reducir la carga del reporting para las entidades bancarias del Principado, modifica el Comunicado técnico nº 255/19 mediante el cual se estableció el envío de información periódica a reportar a la AFA a partir del 31 de marzo de 2019. Este último deroga el Comunicado técnico nº 254/18 mediante el cual se estableció el envío de información periódica a reportar a la AFA a partir del 30 de septiembre de 2018 e incorpora  al marco jurídico andorrano parte del Reglamento de ejecución (UE) 680/2014 de la Comisión del 16 de abril de 2014, mediante el cual se establecen normas técnicas de ejecución en relación con la comunicación de información con fines de supervisión por parte de las entidades, de conformidad con el Reglamento (UE) 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.

5. Guía supervisora relativa a los Procesos de Autoevaluación del Capital (PAC) y de la Liquidez (PAL) de les Entidades Bancarias (Comunicado técnico nº 263/20-EB)

El apartado 1 del artículo 73 de la CRD IV, transpuesto a la legislación andorrana en el artículo 15 de la Ley 35/2018, establece que “las entidades y sus grupos consolidables deben disponer de estrategias y procedimientos sólidos, eficaces y exhaustivos a fin de evaluar y mantener de manera permanente los importes, los tipos y la distribución del capital interno que consideren adecuados para cubrir la naturaleza y el nivel de los riesgos a los que están o puedan estar expuestos.”

Así mismo, el apartado 1 del artículo 86 de la CRD IV, transpuesto a la legislación andorrana en el artículo 25 de la Ley 35/2018, establece que “las entidades deben tener estrategias, políticas, procedimientos y sistemas sólidos para identificar, mesurar, gestionar y supervisar el riesgo de liquidez, a lo largo de un conjunto apropiado de horizontes temporales, incluyendo la intradía, para asegurar que las entidades mantienen un nivel adecuado de cojines de liquidez.”.

En este sentido, la AFA ha publicado la mencionada Guía con el propósito de facilitar a las entidades bancarias la aplicación de los procesos de autoevaluación de capital y de liquidez que establecen los mencionados artículos 15 y 25 de la Ley 35/2018.