Tarifas, comisiones y gastos aplicados por las entidades operativas del sistema financiero
Las entidades operativas del sistema financiero deben actuar con transparencia y comunicar a sus clientes, en tiempo y forma, la información necesaria para permitir que los clientes puedan tomar sus decisiones con conocimiento íntegro de los riesgos y costos asociados a los servicios y productos u operaciones.
Para cumplir con esta obligación de comunicación al cliente por parte de la entidad, no será suficiente poner a disposición del público el libro de tarifas en las oficinas o en la web de las entidades, si no que deberán comunicarse las tarifas, comisiones y gastos (en adelante, tarifas) efectivamente aplicables de forma individual, expresa y previa a todos los clientes.”
Así mismo, se deberá informar al cliente previamente a cualquier modificación y otorgarle un plazo mínimo de dos meses para modificar la relación contractual, sin que estas sean de aplicación durante este plazo. Además, habrá que informar al cliente del derecho de separación del que dispone en caso de disconformidad con las modificaciones propuestas y de los eventuales costos que pudieran derivarse de estas en caso de ejercerse dicho derecho, los cuales se calcularían con las tarifas aún vigentes.
En caso de que se modifiquen a la baja, se comunicará igualmente al cliente sin prejuicio de su inmediata aplicación.
No se considerará válido informar de unas tarifas máximas si no que habrá que informar de las tarifas efectivamente aplicables a cada cliente.
Para más información se puede consultar el comunicado técnico nº 5/2020-SF “Transparencia e información a los clientes: tarifas, comisiones y gastos efectivamente aplicables".