Se aprueba el Reglamento sobre el reconocimiento de las entidades previstas en la Ley calificada de inmigración

Comunicado de prensa

10/04/2019

El Consejo de Ministros, a propuesta del titular de Economía, Innovación y Competitividad en funciones, Gilbert Saboya, ha aprobado el decreto de aprobación del Reglamento sobre el reconocimiento de las entidades a que se refiere el articulado de la Ley calificada de inmigración.

La normativa define qué es una entidad reconocida, regula los requisitos que deben cumplir para ser consideradas como tales, y establece una relación de las entidades que a partir de la entrada en vigor ya tendrán la consideración de reconocidas. Se trata de una lista abierta a la que se podrán adherir nuevas entidades reconocidas que cumplan los requisitos de este Reglamento.

En el articulado de la Ley calificada de modificación de la Ley calificada de inmigración, se refuerza, en relación con la autorización de trabajo por cuenta propia, la justificación de la voluntad real, de la persona que solicita en el obtención, de invertir y desarrollar una actividad económica en Andorra. En este sentido, entre otros requisitos, se introduce la obligación de hacer efectivo un depósito de 15.000 euros a la Autoridad Financiera Andorrana.

Ahora bien, a fin de fomentar la captación de talento empresarial y la llegada de emprendedores y de entidades reconocidas, el precepto referido establece que no es necesario depositar el importe mencionado anteriormente si la sociedad andorrana constituida en virtud de la cual se solicita la autorización de inmigración lo ha sido con el fin de llevar a cabo un proyecto empresarial seleccionado por parte de una de las entidades reconocidas previamente por el Gobierno a tal efecto.

Fuente: Departamento de Comunicación del Gobierno de Andorra